Ir al contenido principal

Nunca es más oscura la noche, que cuando está a punto de amanecer


Nunca es más oscura la noche que cuando está a punto de amanecer

Noche estrellada sobre el Ródano. V. Van Gogh.


Por: Jesús J. Ortega Weffe

El ruido es apreciable. Pitos, palmas, conversaciones simultáneas, esporádicos insultos al voleo, rodeando a una voz casi ininteligible que surge de unos altoparlantes expectorando cifras, como si nada ocurriera a su alrededor. Todo envuelve al nonato abuso del silencio impuesto y no acatado; al humillante condicionamiento, inútil frente a la dignidad: es la reacción parlamentaria frente a la arbitraria orden de no parlamentar que, por el contrario, logra activar al géiser del bullicio. Una pancarta, de seguidas, se despliega en denuncia.

Éstas son las primeras caóticas imágenes del primero de los vídeos que hemos tenido la desgracia de ver en estos días, donde se recoge el pretendido golpe al Poder Legislativo Nacional, ya antes golpeado por un CNE de nuestras vergüenzas que acomodó solícitamente las circunscripciones para que menos votos se tradujeran en mayoría de curules.

A continuación, casi en una burbuja de silencio dentro del ruido exterior, creada por el estupor de espectador [y no por la chimba edición de esos mismos vídeos en que perdió el tiempo el gobierno al compás de música de suspenso (tomada de un videojuego prohibido, para más señas) para enmarcar absolutamente nada en círculos y zoom desperdiciados], vemos de pie a una regordeta chaqueta tricolor cuyas mangas se agitan en agresión a diputados sentados. Del fondo aparece una figura conciliadora que no tarda en caer también bajo la andanada de las aspas en que se han convertido las mangas.

Un poco más adelante, otro diputado, de espaldas a la cámara y –este sí- de pie, resiste el embate de cuatro desaforados que quieren hacer con él lo mismo que el regordete con los otros, para tomar la peligrosísima pancarta (a fin de desactivar su mecanismo de explosión, suponemos).

Finalmente, aún más adelante, una presencia de espaldas y de blanco, empeñada en hablar con quienes se sientan detrás del alto presídium, es tomada por el pelo y tumbada al piso en medio de golpes y patadas. A la agresora, aún le queda tiempo para batir al aire la teñida semicabellera rubio cenizo, a objeto de proferir un último insulto antes de retirarse mimetizándose en la multitud.

A la furia le ha precedido la solemne lectura del artículo 131 constitucional, con el propósito de evidenciar lo contrario a derecho que sería la retadora conducta de los rebeldes: «Toda persona tiene el deber de cumplir y acatar esta Constitución, las leyes y los demás actos que en ejercicio de sus funciones dicten los órganos del Poder Público», sentencia la voz del subsecretario. Así que, ¿cómo es posible que no se acate lo que ha dicho el CNE? Intolerable. ¡A callar se ha dicho! ¿No se callan? ¡Entonces los callamos!

Claro que han cometido una pequeña omisión en lo que se refiere a las normas constitucionales; un detalle, nada más. Esa nimiedad es que sólo en las satrapías, las tiranías, es posible que la voluntad expresada por el Poder sea a ultranza irresistible por los ciudadanos en general, y por sus representantes al Parlamento, en particular… y la Constitución no diseña una tiranía.

¿Cómo explica el sabio diputado que hizo leer aquél artículo, que la misma Constitución establezca en su artículo 25: «Todo acto dictado en ejercicio del Poder Público que viole o menoscabe los derechos garantizados por esta Constitución y la ley es nulo, y los funcionarios públicos y funcionarias públicas que lo ordenen o ejecuten incurren en responsabilidad penal, civil y administrativa, según los casos, sin que les sirvan de excusa órdenes superiores»?

¿Cómo? ¿Responsabilidad penal, civil y administrativa para los funcionarios, sin que las órdenes superiores sirvan de excusa? ¿Nulo un acto del Poder Público? ¡Si existe la obligación de acatarlo!

Pues no, tales actos y actuaciones deberían ser meramente acatados sin chistar, sólo en el país de sus delirios de poder omnímodo. Sólo en la satrapía que pretenden, pero no han podido terminar de construir.

En el país que dibuja la Constitución: «Toda persona tiene derecho de acceso a los órganos de administración de justicia para hacer valer sus derechos e intereses, incluso los colectivos o difusos, a la tutela efectiva de los mismos y a obtener con prontitud la decisión correspondiente» (artículo 26); y un juez tiene facultad «para anular los actos administrativos generales o individuales contrarios a derecho, incluso por desviación de poder; condenar al pago de sumas de dinero y a la reparación de daños y perjuicios originados en responsabilidad de la Administración; conocer de reclamos por la prestación de servicios públicos; y disponer lo necesario para el restablecimiento de las situaciones jurídicas subjetivas lesionadas por la actividad administrativa» (artículo 259).

Y no es precisamente el órgano del Poder Público cuyo acto es cuestionado, el que impondría al juez cuándo anularlo y cuándo no, aunque eso sea práctica vergonzosamente extendida en el envilecido ambiente erigido en estos años en que un solo modo de pensamiento, atrasado y ruin, es defendido al unísono, con razón o sin ella, por instituciones secuestradas. No. Aunque sea algo repugnante para el diputado que pidió leer el artículo 131 constitucional y los de su bancada que lo oyeron con fruición, en una sociedad que no sea tóxica y autoritaria, esto es, en una sociedad sana y democrática, se cumpliría la orden que da también la Constitución en su artículo 254: «El Poder Judicial es independiente».

Ahora bien, en este infausto caso es peor la negación del Texto Fundamental, por tratarse de representantes de la voluntad popular, a quienes la Constitución no sólo protege estableciendo que los diputados a la Asamblea Nacional «no son responsables por votos y opiniones emitidos en el ejercicio de sus funciones» (artículo 199); sino que les ordena que ejerzan su función como «representantes del pueblo y de los Estados en su conjunto, no sujetos o sujetas a mandatos ni instrucciones, sino sólo a su conciencia» (artículo 201). En consecuencia, se encuentran también obligados a aplicar este modo de actuar cuando se dedican a su labor de «ejercer funciones de control» (artículo 187.3), lo que incluye exponer sus dudas y criterios sobre la observancia o no, por parte del Poder Electoral, de los principios de «igualdad, confiabilidad, imparcialidad, transparencia y eficiencia de los procesos electorales» que éste debería garantizar (artículo 293, único aparte).      

En efecto, pues, es un mundo totalmente distinto al del atropello de los vídeos el que diseña nuestra Carta Magna. El mundo de democracia y libertad que con valentía defendieron desde antes de ese nefasto día, durante la tormentosa sesión señalada, y siguen defendiendo hoy María Corina Machado, Julio Borges, Américo De Grazzia, Eduardo Gómez Sigalla, William Dávila, quienes resultaron lesionados; y todos los demás integrantes de la bancada democrática. Nuestro respeto, reconocimiento y afecto a todos. 

Más temprano que tarde tendremos otra realidad, tendremos ese mundo plasmado en la Constitución y, aún, mejorado. Nunca es más oscura la noche que cuando está a punto de amanecer.


JJOW
@jjortegaweffe




Comentarios

  1. Tenía tiempo q no leía un escrito al público tan lleno de poesía y de palabras literarias Ojala y así espero q volvamos a obtener un lenguaje q sin ser rebuscado coordine una serie de palabras llenas de belleza y le podamos rendir culto a nuestros indígenas Q hacían de su palabrería todo un bosque de verdor y esperanza decir las cosas de esa manera es un arte literario

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Muchísimas gracias. Espero tenerte de vez en cuando por acá. Bienvenida.

      Eliminar
  2. Respuestas
    1. Muchas gracias, Luis. Te invito cordialmente a que te des una vuelta por el blog y a que lo visites de vez en cuando. Feliz vida.

      Eliminar

Publicar un comentario

Entradas populares de este blog

Solidaridad con Franklin Brito

Franklin Brito el 20 de Octubre de 2009. Foto: Alex Rosales Esta vez no escribiré, stricto sensu , sobre temas políticos; aunque tal vez sea la publicación de mayor contenido realmente político, en el gregario y noble sentido aristotélico, que haya hecho. En Caracas, un hombre tenaz y digno se niega a ser tratado con desdén y a que los prevalidos de poder puedan atropellar sus derechos y los de su familia, despachando sus reclamos con palmaditas de hombro y migajas de limosnero. Su historia y sus sucesivas acciones de protesta han estado varias veces en los medios de comunicación venezolanos: a cada promesa de solución, hidalgamente ha suspendido la protesta de turno (entre ellas se incluye la amputación pública de su meñique izquierdo, luego de lo cual el gobierno prometió nuevamente atender su caso); y a cada incumplimiento ha regresado con honor a reeditar la lucha por sus derechos. Sin embargo, esta vez, en la que mantiene una huelga de hambre por más de tres meses en las adyacenc

La trampa del Estado Comunal - V (A) -

4) ¿Sabía Ud. que las “Leyes del Poder Popular” que configuran el “Estado Comunal”, no sólo establecen la obligatoriedad de un pensamiento único: el socialismo , en los términos que el legislador entiende por tal; sino que además, agencian mecanismos concretos para asegurarse que así sea? En efecto, amigo lector, si ha venido Ud. siguiendo estas entregas y leído someramente las “leyes” de las que nos ocupamos, se habrá percatado de que casi cada tres líneas expresan que la meta social a alcanzar (respecto de la cual el diseño del "Estado" paralelo que ellas estructuran es un mero instrumento de realización), es el socialismo , la sociedad socialista . A revisar con cierto detenimiento este tema dedicaremos la última entrega de esta serie. En la presente nos ocuparemos de una revisión parcial, por lo extenso que sería reseñarlos todos, de los que considero más relevantes entre los mecanismos previstos por el legislador para asegurarse de que el logro de tal